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Visión

Ser un organismo que brinda cobertura legal y espiritual a todas las comunidades de la Iglesia Nazarena Apostólica Cristiana en Argentina.

Misión

Ser una comunidad de fe llena de gracia, capaz de sanar, pacificar, restaurar, integrar y avivar los dones del Espíritu en el cuerpo para recuperar la productividad en la extensión del reino de Dios.

Objetivos

  • Estimular la interdependencia y el trabajo en equipo, respetando las singularidades de las congregaciones en pos de la unidad de la Iglesia Nazarena en el país.
  • Apoyar, asesorar y acompañar al liderazgo de la Iglesia Nazarena en su misión de dar a conocer a Jesucristo, de exaltarle como Señor, Salvador y Rey que viene y de completar su Gran Comisión.
  • Propiciar el trabajo en colaboración con otras iglesias y ministerios que comparten la visión y misión de la INAC.

Nuestros Valores

  • Dios: Un solo Dios infinitamente perfecto que existe eternamente en tres manifestaciones: El Padre, El Hijo y el Espíritu Santo.
  • La Biblia: Las Escrituras, en su forma original, fueron inspiradas por Dios y son una revelación completa de Su voluntad para la salvación de los hombres. Constituyen la única fuente de autoridad de vida, conducta, fe, regla divina y práctica cristiana.
  • La Iglesia: Es la comunidad de fe compuesta por todos aquellos que creen en el Señor Jesucristo, son redimidos por su sangre, y han nacido de nuevo por el Espíritu Santo.
  • La Vida Cristiana: Es voluntad de Dios que cada creyente sea santificado mediante la obra del Espíritu Santo, plenamente consagrado a Dios para una vida de servicio.
  • La Gran Comisión: El mandamiento de Cristo: “Id por todo el mundo y predicad el evangelio a toda criatura.”


Constitución Legal

La Iglesia Nazarena Apostólica Cristiana se encuentra constituida a resguardo de la legislación vigente, y funciona legalmente en la República Argentina en el marco de sus Estatutos Sociales, originalmente inscriptos en el año 1949 en el Registro de Cultos con el N°87; por regulaciones gubernamentales reinscripta en el año 1955 en el Registro de Cultos No Católicos con el N°1166; posteriores reformas al Estatuto aprobados Resolución N°314/22 de la Inspección General de Justicia; por su reglamentación interna y por todas aquellas normas que le sean de aplicación.